jueves, 8 de marzo de 2007

La libre opción jubilatoria (la nueva ley 26.222)

El 8 de marzo de 2007, se publico en el boletín oficial la ley 26.222, que no solo brinda la posibilidad de optar entre un sistema de reparto o de capitalización jubilatorio, si no que conjuga una serie de modificaciones a la ley de jubilaciones.
Según el especialista Ismael Bermúdez en el diario “Clarín”, un trabajador que en sus últimos 10 años tenga un sueldo de $ 2.000, con 30 años de aportes en el Estado a partir de 1994, la mejora en el haber será del 54,9%. En lugar de $ 710 pasará a cobrar $ 1.100.
El porcentaje de mejora varía según el sueldo, los años de aportes y si esos aportes fueron hechos al Estado antes o después de 1994.
Con 40 años de aportes después de 1994, en ese mismo ejemplo, la mejora es del 57,8%, porque el futuro haber pasará de $ 900 a $ 1.420. En cambio, si de esos 40 años, 10 años fueron aportados antes de 1994, la mejora se reduce al 37,9%.
Ocurre que la ANSeS reconoce hasta ahora el 0,85% del sueldo promedio de los últimos 10 años por cada año aportado. Y tras la reforma pasará a reconocer el 1,5%.
Mientras hasta ahora, para 30 años de aportes, además de la Prestación Básica Universal (que va de $ 200 a $ 230) se reconoce como futura jubilación el 25,5% del sueldo promedio (30 x 0,85%), con la reforma se reconocerá el 45% (30 x 1,5%). Con 40 años de aportes, el reconocimiento es mayor: ahora es del 34% y tras la reforma será del 60%.
Este punto es crucial porque en períodos de inflación como el que se avecina, si no se ajusta el sueldo de referencia para el cálculo de la jubilación, el promedio resulta muy bajo. Y entonces disminuye el haber inicial del futuro jubilado con relación al ingreso del último momento de su vida activa, deteriorando la relación con su salario real y su nivel de vida.
Otra clave es el ajuste del valor de la Prestación Básica Universal (PBU). Desde el año 1998, por un decreto, el valor de la PBU quedó en $ 200 y $ 230, según los años aportados.
Luego, los aumentos ocurrieron a través de decretos del Gobierno y a partir de enero a través de un ajuste del 13% en la ley de Presupuesto. Pero debería existir un índice de movilidad en función de indicadores tales como salarios o inflación.
Al no aplicarse un índice de movilidad, a lo largo del tiempo — y estamos hablando de períodos largos que pueden ser de 10, 20 o más de 25 años por la mayor expectativa de vida— el poder de compra de la jubilación estatal podría ir deteriorándose y se reduciría aún más con relación al nivel de vida que tuvo el trabajador en su vida activa.
Hasta ahora se sabe:
> Que el aporte a las AFJP permanece en el 7%, que fue el nivel confirmado por Néstor Kirchner. Con cierta posibilidad que para el año 2008 ambos regimenes sean del 11%.
> Que la comisión de las administradoras baja de 2,53% promedio al 1,0%. Lo que resta definir es el costo del seguro, que hasta ahora formaba parte de la comisión (1,42% del salario en promedio) y que con la nueva ley se tomará de la rentabilidad de los fondos administrados. En sintonía con un fondo mutual
En 2001, las AFJP se vieron obligadas a aceptar un bono patriótico y los préstamos garantizados cuando el país estaba al borde del default; en 2005, debieron ingresar en el canje de la deuda para salir del default con bonos Cuasi Par, que tenían una quita del 30%, pero este perjuicio se redujo por la mejora en la cotización de estos títulos públicos.
Ahora, con un superávit fiscal mayor que el 3% y el alivio financiero generado por el canje de la deuda de 2005, la sensación general es diferente y por eso el Gobierno se siente sólido para lanzar esta reforma, que, entre otros ejes, genera la libre opción entre los sistemas de capitalización y de reparto, determina que los aportes de los indecisos se dirigirán al régimen público -y no al privado- y que las comisiones y los seguros de las AFJP bajarán del 2,4% al 1%.
Las moratorias previsionales que otorgan jubilaciones a personas que no hicieron aportes implican un incremento importante de los compromisos futuros del Estado", afirmó el Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa).
El centro de estudios que orienta Osvaldo Giordano, aclaró: "Se trata de una deuda no registrada pero plenamente exigible para la cual no existe previsión explicita de recursos. En este contexto, inducir a que los trabajadores pasen al régimen de reparto producirá un alivio en la 'caja' de ANSES. Pero cuando estas personas se jubilen no habrá recursos para pagar sus prestaciones. El Congreso puede convalidar este acto de oportunismo político o legislar con responsabilidad resolviendo los problemas presentes y también los futuros".
Si se supone que un millón de personas van a cobrar la jubilación mínima con su correspondiente cobertura de PAMI y asignaciones familiares, las cifras aproximadas serían las siguientes:
> En los primeros 5 años, el gasto público anual se incrementaría en $ 4.900 millones.
> En los años posteriores, cuando los nuevos jubilados dejen de pagar la moratoria, el gasto público adicional llegará a los $ 8.400 millones por año.
> En el acumulado, el régimen público de reparto (la ANSeS) esta asumiendo compromisos futuros del orden de los $66.000 millones anuales.
Transitoriamente, la 'caja' de ANSeS mejora porque se apropia de los aportes de estos trabajadores.
El consultor especializado en temas previsionales Daniel Marcú advirtió, en declaraciones radiales, que en el corto plazo el aumento de la base imponible sobre la que se realizan los aportes jubilatorios es un nuevo golpe al bolsillo del trabajador de clase media alta. “En lo inmediato es una nueva imposición sobre la clase media, media alta, porque al que ganaba por encima de los $4.800 y si alcanza los $6.000 se le va a retener un 7% a lo largo de este año y 11% desde el próximo sobre estos $1.200 de diferencia” dijo.
En cuanto a la obligatoriedad que surge de la propuesta respecto de que las AFJP tengan invertido al menos un 5% (y hasta un máximo de 20%) de sus fondos en proyectos productivos de la economía real en un plazo no mayor de cinco años fue justificado por el experto siempre y cuando esas inversiones sean “razonables”.
El Estado dice que a partir de ahora el que elija reparto por cada año de aporte pagará 1,5% de jubilación.
Así, un señor de 35 años y que le faltan 30 años para jubilarse, si va al Estado le pagarían un 45% de jubilación sobre su sueldo promedio de los últimos 10 años. En cambio, a quien le falten 10 años le van a dar 15% de jubilación. Así los jóvenes obtienen en una AFJP una rentabilidad mayor que la que ofrece el Gobierno.


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